Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0524/2019-S4
Fecha: 12-Jul-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes alegan la lesión de sus derechos a la vivienda, al trabajo y al debido proceso; toda vez que, dentro del proceso monitorio de entrega de bien inmueble urbano, instaurado por Emigdio Coca Zurita y Ángela Jaldín de Coca contra Franz Sandro Apodaca Arnez y Gardenia Zabala Colodro, la autoridad jurisdiccional dispuso el desapoderamiento del bien que les había sido cedido en 50% de su totalidad en calidad de anticrético y que sobre el otro 50% existía una promesa de venta, habiéndose cancelado un monto importante a cuenta; aspectos que no fueron considerados por la Jueza de la causa que además, omitió notificarlos desde el inicio del proceso a efectos de que asumieran defensa.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- declaró “IMPROCEDENTE”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y el principio de subsidiariedad
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR