SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0556/2019-S4
Fecha: 25-Jul-2019
1)
Walter Julio Pacheco Zaráte, en audiencia de la acción de amparo constitucional, por intermedio de su abogado, señaló que: 1) Las piezas procesales adjuntas en obrados de la presente acción de defensa no enfocan el verdadero contexto del caso presente; puesto que, el Auto de Vista 083/2017 de 26 de mayo, que no se adjuntó al expediente, claramente dispuso que ante la controversia en cuestión, se realice un estudio pericial para determinar entre uno de sus puntos el detalle y volumen de las obras ejecutadas, resolución que fue notificada a ambas partes, habiendo tenido éstas la oportunidad de objetar dicho punto de pericia; sin embargo, posteriormente el Tribunal de segunda instancia emitió el Auto de Vista SCCI - 071/2018, por el cual decidió revocar en forma parcial la Sentencia recurrida, razón por la que interpuso el recurso de casación, pues no es que hubiesen admitido que desde ningún punto de vista que estaba de acuerdo sobre el monto a pagar por hora; y, 2) Los accionantes podían objetar el Auto de Vista que dispuso la producción del peritaje que finalmente estableció el precio de $us40.-, por hora trabajada y no lo hicieron.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- III.1. Naturaleza de la acción de amparo constitucional
- siempre que no hubiere otro medio o recurso legal para la protección inmediata de esos derechos y garantías
- III.2.
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR