Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0559/2019-S2
Fecha: 17-Jul-2019
II.1.
II.1. Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancias del Ministerio de Gobierno y el Comando General de la Policía Boliviana contra Fanny Molleda Ortega y otros, por la presunta comisión de los delitos de cohecho pasivo propio, uso indebido de influencias y otros, el 15 de enero de “2018” -lo correcto 2019-, la Comisión de Fiscales adscritos a la Fiscalía Especializada en Persecución de Delitos de Corrupción, informaron a la Jueza cautelar la ampliación de la investigación contra varias personas, entre ellas, el ahora accionante, Rubén Vicente Quinteros (fs. 16 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- “Primer supuesto:
- “Segundo Supuesto:
- Tercer supuesto:
- “2. Cuando el fiscal da aviso del inicio de la investigación al Juez cautelar y ante la denuncia de una supuesta ilegal aprehensión, arresto u otra forma de restricción de la libertad personal o física por parte de un Fiscal o de la Policía, el accionante, previo a acudir a la jurisdicción constitucional debe en principio, denunciar todos los actos restrictivos de su libertad personal o física ante la autoridad que ejerce el control jurisdiccional.
- 4.
- 5.
- Fragmento 16
- Fragmento 17