SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0571/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0571/2019-S1

Fecha: 17-Jul-2019

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La parte accionante, denunció la lesión de sus derechos al debido proceso, a la “igualdad de las partes”, a la defensa y dedicarse al comercio, por cuanto las autoridades demandadas, declararon la improcedencia de su recurso de casación, porque se encontraría planteado extemporáneamente, sin considerar que conforme a los arts. 140, 143 y 257 del CPCabrog, el plazo para plantear el recurso de casación, corre a partir del día siguiente hábil al de la notificación, y por ello el mismo fenecía el 29 de marzo de 2016 y no el día 28 como erróneamente resolvieron los Magistrados demandados, razonamiento concordante con el art. 90 del CPC relativo al cómputo de plazos solo en días hábiles.