SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0582/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0582/2019-S1

Fecha: 22-Jul-2019

concedió

La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 05 de 20 de marzo de 2019, cursante de fs. 12 vta. a 13, concedió la tutela solicitada, disponiendo su libertad de manera inmediata y que el propietario de la residencial -ahora demandado- entregue dentro de las veinticuatro horas todos los enseres reclamados por la accionante que le fueron sustraídos; es decir, las dos cadenas de plata, dos anillos y un celular, bajo prevenciones de ley; con los siguientes argumentos; 1) La peticionante de tutela solicitó un cuarto y/o pieza en la residencial Darines independientemente de los motivos que hubiese tenido para tal efecto, haciéndolo de propia voluntad; sin embargo, al cumplirse el tiempo ella tenía cancelar dicha    estadía, apersonándose ante el administrador indicándole que no tenía el dinero para pagarle, solicitándole salir del lugar; empero, éste no la dejó alegando que debía una cantidad mayor, prohibiéndole la salida tanto a su persona como a sus hijos, evidenciándose una retención indebida, siendo que el propietario de la citada residencial no puede ordenar una detención de ningún ciudadano en un establecimiento particular, puesto que no cuenta con ninguna atribución para ello;   2) La ahora impetrante de tutela dio aviso al “propietario y administrador” de la residencial que, se hospedaría hasta que se le termine el dinero con el que contaba, y cuando se le agotó dicho monto quiso abandonar la mencionada residencial; sin embargo, no la dejaron salir, reteniéndola; y, 3) El presente caso se encuentra comprendido en lo dispuesto por los arts. 125 de la CPE y 46 del Código de Procesal Constitucional (CPCo), por encontrarse la accionante detenida indebida e ilegalmente; cabe hacer notar que si bien fue “liberada” lo hizo previa requisa de parte del propietario de la residencial, sin contar con atribuciones para realizar tales actuaciones.