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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0582/2019-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0582/2019-S1

    Fecha: 22-Jul-2019

    Fragmento 6

             Por consiguiente, al ser la dignidad humana un valor fundamental, no sólo para el individuo sino también para la sociedad, ello en virtud de que la dignidad humana constituye una expresión reconocimiento y valor que debe otorgarse al ser humano dotado de un fin propio, como principio de los valores de autonomía, de seguridad, de igualdad y de libertad.

    • I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
    • concedió
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 4
    • III.1. Sobre la procedencia de la acción de libertad en caso de detención indebida en hoteles, residenciales y/o alojamientos
    • Fragmento 6
    • Fragmento 7
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR
    • el derecho a la dignidad humana es aquel que tiene toda persona por su sola condición de 'humano', para que se la respete y reconozca como un ser dotado de un fin propio, y no como un medio para la consecución de fines extraños, o ajenos a su realización personal.
    • con la acción de hecho traducida en la retención de una persona para constreñirla al cumplimiento de una obligación, se degrada al ser humano a una condición de objeto que puede ser utilizado como una especie de prenda para garantizar el pago de dicha obligación, lo que está totalmente prohibido por nuestro ordenamiento jurídico y es inadmisible en un Estado de Derecho

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