Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0584/2019-S4
Fecha: 29-Jul-2019
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
El accionante, mediante su representante sin mandato, señaló como lesionados sus derechos a la libertad, a la dignidad humana, a la presunción de inocencia, al acceso a la justicia, al debido proceso y a la defensa; así como la “falta de motivación de las resoluciones en cuanto a la valoración de la prueba”, citando al efecto los arts. 115.II, 116.I y 119.I de la Constitución Política del Estado (CPE); 7 y 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH); y, 9, 10 y 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- toda autoridad que conozca de un reclamo, solicitud o que dicte una resolución resolviendo una situación jurídica debe ineludiblemente exponer los motivos que sustentan su decisión, para lo cual, también es necesario que exponga los hechos establecidos, si la problemática lo exige, de manera que el justiciable al momento de conocer la decisión del juzgador lea y comprenda la misma
- cuando aquella motivación no existe y se emite únicamente la conclusión a la que ha arribado el juzgador, son razonables las dudas del justiciable en sentido de que los hechos no fueron juzgados conforme a los principios y valores supremos, vale decir, no se le convence que ha actuado con apego a la justicia
- III.2.
- 1)
- i)
- CONFIRMAR