SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0585/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0585/2019-S1

Fecha: 22-Jul-2019

I.2.1.

El impetrante de tutela ratificó los argumentos expuestos en su demanda de acción de libertad y ampliándolos en audiencia señaló, que la apelación interpuesta, debió ser remitida al Tribunal de alzada dentro el término de veinticuatro horas tomando en cuenta que todas las partes fueron notificadas con la Resolución impugnada; así, sus abogados y familiares se apersonaron al Juzgado para solicitar el envío de la apelación, situación que no aconteció dentro del plazo determinado por ley. Después de la interposición de la presente acción tutelar, recién se remitió la apelación reclamada sobrepasando el plazo que estipulado en el art. 251 del CPP.