SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0643/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0643/2019-S1

Fecha: 30-Jul-2019

“la concordancia de contenido de la resolución y su estricta correspondencia entre lo pedido, lo considerado y lo resuelto, que conlleva a su vez la cita de las disposiciones legales que apoyan ese razonamiento que llevó a la determinación que se asume”.

Consiguientemente, se colige de aquello que la Resolución emitida por el entonces Fiscal Departamental de Tarija resolvió los dos cuestionamientos o grupos en los que fue dividida la objeción planteada tal como fueron interpuestos por el accionante; correspondiendo denegar la tutela, por lesión al derecho al debido proceso en su elemento de congruencia; toda vez que, se cumplió con la obligación de que la autoridad que emite una determinación, se pronuncie sobre todos los puntos reclamados; es decir que exista plena correspondencia o coincidencia entre el planteamiento de las partes y lo resuelto por las autoridades, conforme está desarrollado en el Fundamento Jurídico III.1 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, que respecto de la congruencia señala que es: “la concordancia de contenido de la resolución y su estricta correspondencia entre lo pedido, lo considerado y lo resuelto, que conlleva a su vez la cita de las disposiciones legales que apoyan ese razonamiento que llevó a la determinación que se asume”.