Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0227/2019-RCA
Fecha: 07-Ago-2019
Fragmento 2
Por memoriales presentados el 28 de junio y 8 de julio ambos de 2019, cursantes de fs. 119 a 125; y, 133 vta., el accionante manifiesta que, en el entonces Juzgado de Instrucción en lo Civil y Comercial Decimotercero de la Villa “Primero de Mayo” del departamento de Santa Cruz, se sustanció un proceso voluntario de reconocimiento de firmas en su contra, por presuntamente haber firmado junto a la que era su esposa, una minuta de venta de un inmueble de su propiedad, emitiendo la referida autoridad judicial el Auto Definitivo de 23 de marzo de 2011, dando por reconocida su firma; del cual recién se enteró el 2013.
- Fragmento 1
- Fragmento 2
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2.
- a)
- I.4. Resolución de la Sala Constitucional
- improcedencia
- I.5. Síntesis de la impugnación
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- II.2. En cuanto al carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
- instrumento subsidiario y supletorio de protección
- II.3. Análisis del caso concreto