AUTO CONSTITUCIONAL 0227/2019-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0227/2019-RCA

Fecha: 07-Ago-2019

improcedencia

Mediante Resolución 164 de 10 de julio de 2019, cursante de fs. 134 a 135 vta., la Sala Constitucional aludida, en aplicación del art. 30.I.2 del Código Procesal Constitucional (CPCo), declaró la improcedencia de la acción tutelar interpuesta, bajo los siguientes fundamentos que: i) Ante la observación realizada respecto del domicilio para la notificación del tercero interesado, el peticionante de tutela, por memorial de 9 de igual mes y año, acompañó un escrito en el que hace referencia a un proceso ordinario familiar de reconocimiento de calidad de ganancial y nulidad de transferencia, seguido contra Sandra Lorena Paz Gutiérrez -ex cónyuge- y Ariel García Hurtado                  -supuesto comprador- respectivamente; y, ii) El prenombrado ya tiene activado un mecanismo ordinario con el que pretende anular la transferencia del inmueble que presuntamente no firmó, derivando en la aplicación de las reglas de la subsidiariedad.