Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0227/2019-RCA
Fecha: 07-Ago-2019
I.5. Síntesis de la impugnación
Refiere que, no se tomó en cuenta que el proceso donde se conculcaron sus derechos es el de reconocimiento de firmas, en el cual, tanto el Juez de la causa, como el Tribunal de apelación, se negaron a ingresar al fondo de la problemática con un argumento “ritualístico”, no obstante, de las irregularidades denunciadas, que en su criterio no pueden ser revisadas en otro proceso ordinario; es decir, un juez ordinario no podría anular los actos de su similar; por el contrario, considera que si pueden ser objeto de revisión en sede constitucional, por estar vinculadas con la vulneración de derechos fundamentales.
- Fragmento 1
- Fragmento 2
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2.
- a)
- I.4. Resolución de la Sala Constitucional
- improcedencia
- I.5. Síntesis de la impugnación
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- II.2. En cuanto al carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
- instrumento subsidiario y supletorio de protección
- II.3. Análisis del caso concreto