AUTO CONSTITUCIONAL 0243/2019-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0243/2019-RCA

Fecha: 14-Ago-2019

Fragmento 2


Mediante memorial presentado el 7 de mayo de 2019, cursante de fs. 460 a 477, los abogados defensores de oficio en representación legal de los accionantes refieren que esta acción de amparo constitucional se origina en un proceso penal interpuesto por el Ministerio Público y acusaciones particulares de la empresa Misicuni y el Gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba contra sus defendidos ausentes, sustanciado en el Tribunal de Sentencia Penal Séptimo del nombrado departamento, emitiéndose la Sentencia 22/2017 de 25 de mayo, declarándolos culpables a Martín Francisco Rovira Rada, Carlos Eduardo Gómez Vásquez, Raúl Nemtala Caballero, Julio Hernán Espinel Martínez a sufrir la condena de ocho años por los delitos de sociedades y asociaciones ficticias e incumplimiento de contratos, a Raúl Maggioni, la sanción de siete años por el delito e incumplimiento de contratos y a Francesco Senis la pena de tres años y seis meses por el delito de sociedades y asociaciones ficticias; rechazando mediante Auto de 15 de mayo de 2017, los tres incidentes de actividad procesal defectuosa no susceptible de convalidación: a) Por juzgamiento en rebeldía de un delito común; b) Por notificación mediante edictos; y, c) Falta de notificación con la acusación formal de CREDINFORM Internacional Sociedad Anónima (SA); y, declarando improbada la excepción de extinción de la acción penal por prescripción.