AUTO CONSTITUCIONAL 0243/2019-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0243/2019-RCA

Fecha: 14-Ago-2019

tener que determinar los alcances de la responsabilidad internacional del Estado por la actuación de la defensa pública en materia penal

Por su parte, la Corte Interamericana de Derechos Humanos a través de la Sentencia de 5 de octubre de 2015, en el caso Ruano Torres y otros vs. El Salvador, respecto de la responsabilidad internacional del Estado por la actuación de la defensa pública, estableció el siguiente razonamiento: “162. Por lo tanto, el presente caso plantea a la Corte la situación de tener que determinar los alcances de la responsabilidad internacional del Estado por la actuación de la defensa pública en materia penal. Ahora bien, la Comisión citó aparte de sus propios criterios, lo sostenido por el Comité de Derechos Humanos y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos para definir el criterio aplicable para determinar el alcance de la responsabilidad en estos casos, en el sentido que ´el Estado no puede ser considerado responsable por todas las fallas de desempeño del abogado o defensor público, es así como el Estado es responsable si la defensa pública incurre en omisiones o fallas que de manera evidente permitan concluir que no brindó un patrocinio efectivo´.