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    AUTO CONSTITUCIONAL 0245/2019-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0245/2019-RCA

    Fecha: 14-Ago-2019

    o de su representante legal

    Por su parte, el art. 33.1 del CPCo, estipula que la acción de amparo constitucional deberá contener al menos: “Nombre, apellido y generales de quien interpone la acción o de su representante legal, acompañando en este último caso, la documentación que acredite su personería” (las negrillas son nuestras).

    • Fragmento 1
    • JAMÁS LES DIO LA GANA DE CONTESTAR
    • I.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • por no presentada
    • i)
    • II.1.    Marco normativo constitucional y legal
    • por otra a su nombre con poder suficiente
    • o de su representante legal
    • otra persona en su nombre con poder suficiente
    • un representante legítimamente acreditado a través de un poder notarial
    • específico, especial y bastante
    • II.3.    Análisis del caso concreto
    • Fragmento 15
    • Fragmento 16

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