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    ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0703/2019-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0703/2019-S2

    Fecha: 21-Ago-2019

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • i)
    • se interpondrá por la persona que se crea afectada, por otra a su nombre con poder suficiente
    • toda persona natural o jurídica cuyos derechos estén siendo restringidos, suprimidos o amenazados, de serlo, directamente u otra en su nombre con poder suficiente
    • la legitimación activa es un requisito de procedencia para la activación de la acción de amparo constitucional
    • Fragmento 13
    • contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada
    • arbitrariedad
    • SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero
    • relevancia constitucional
    • Auto de Vista 236
    • primera conminatoria
    • memorial presentado el 24 de octubre de 2017
    • Auto 40/2018 de 22 de enero
    • Ronald Cuss Miranda Sánchez
    • REVOCAR
    • ii)
    • MAGISTRADO
    • el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
    • c)
    • el ámbito de contenido de la resolución a dictarse en apelación, pues estipula que la misma, deberá circunscribirse precisamente a los puntos resueltos por el inferior y que además hubieran sido objeto de apelación y fundamentación, de manera que el Juez o tribunal ad-quem, no puede ir más allá de lo pedido
    • en definitiva marca el desarrollo del proceso para poder llegar a la sentencia, estableciendo un límite al poder discrecional del juzgador
    • Una resolución incongruente es arbitraria, por tanto su impugnación hace viable su revocación

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