acción de libertad
En revisión la Resolución 035/2019 de 3 de abril, cursante de fs. 22 a 23 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Blady Choquetilla Mayta en representación sin mandato de Virginia Ugarte Condori contra Bernardo Luis Mamani Suntura, Fiscal de Materia e Iver Medina, Investigador Asignado al Caso, ambos del departamento de La Paz.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- dejando sin efecto los mandamientos de aprehensión emitidos
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1 El control jurisdiccional de la investigación dentro de un proceso penal, se encuentra a cargo del Juez cautelar
- III.2. Sobre la subsidiariedad excepcional en la acción de libertad
- Fragmento 12
- No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad, en forma inmediata
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR
