III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante a través de su representante, denuncia como lesionados sus derechos al debido proceso, a la celeridad y a la defensa; toda vez que, sin haber sido citada se emitió mandamiento de aprehensión en su contra, posteriormente se apersonó mediante memorial de 27 de marzo de 2019, solicitando se deje sin efecto el referido mandamiento de aprehensión; sin embargo, no recibió pronunciamiento alguno al mismo.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- dejando sin efecto los mandamientos de aprehensión emitidos
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1 El control jurisdiccional de la investigación dentro de un proceso penal, se encuentra a cargo del Juez cautelar
- III.2. Sobre la subsidiariedad excepcional en la acción de libertad
- Fragmento 12
- No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad, en forma inmediata
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR
