SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0404/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0404/2019-S3

Fecha: 08-Ago-2019

SUSPENSIÓN TEMPORAL DE 15 DIAS

           En ese contexto, se advierte que la suspensión temporal del servicio de transporte que deben prestar los peticionantes de tutela, como medida aplicada constituye una sanción que tiene la consecuencia jurídica de afectar los derechos de los prenombrados; por ello, resulta necesario que la imposición de esta medida esté antecedida de un debido proceso.

           En efecto, de conformidad a los Fundamentos Jurídicos III.1 y 2 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, se colige la importancia del debido proceso ligada a la búsqueda del orden justo; es decir que, no es solamente poner en movimiento mecánico las reglas de su tramitación, sino buscar un juicio justo, para lo cual se debe respetar los principios adjetivos de publicidad, inmediatez, libre apreciación de la prueba y los derechos fundamentales como la defensa y la igualdad, que no pueden ser ignorados ni obviados bajo ningún justificativo o excusa por autoridad alguna, pues dichos mandatos constitucionales son la base de las normas procesales en nuestro ordenamiento jurídico; por ello, los tribunales y jueces que administran justicia, entre sus obligaciones, tienen el deber de cuidar que las causas se lleven sin vicios de nulidad, como también el de tomar medidas que aseguren la igualdad efectiva de las partes.