Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0418/2019-S3
Fecha: 12-Ago-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante, denuncia la lesión de sus derechos al debido proceso, a la defensa, a la seguridad jurídica, a la igualdad de partes, a la presunción de inocencia y al acceso a la justicia; puesto que, los Vocales demandados no cumplieron con la emisión de un nuevo auto de vista conforme lo ordenado en la SCP 0329/2018-S2 de 9 de julio, todo con el fin de ejecutar mandamiento de aprehensión en su contra, con evidente retardación de justicia.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2.
- Corresponderá al Tribunal Constitucional Plurinacional conocer y resolver las quejas por demora o incumplimiento en la ejecución antes referida; asimismo le corresponde la ejecución en los procesos que directamente se presenten ante el mismo
- III.3. Análisis del caso concreto
- Artículo 17.- (Cumplimiento de las Resoluciones).
- CONFIRMAR