SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0429/2019-S3
Fecha: 13-Ago-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de sus representantes, denuncia la lesión de sus derechos a la petición y a la tutela judicial efectiva, ya que dentro del proceso de mejor derecho propietario, acción reivindicatoria, acción negatoria, cancelación de partidas y entrega de inmueble, instaurado por Pedro Vacaflor Hernández, contra Hernán Tito Soria Galvarro Arispe, Oswaldo Crispín Arias, Guisela Lizet Flores Rivero, José Luis Limpias Rodas, Orlando Sanguino Calderón y Miguel López Abelo, mediante memorial de 23 de julio de 2018, solicitó a la Jueza demandada, la nulidad de actos procesales hasta el vicio más antiguo, pedido reiterado por memoriales de 3, 14, 28 de septiembre y 9 de octubre de 2018, y de 7 de enero de 2019, al haber sido afectados sus derechos como consecuencia de la emisión de la Sentencia 27 de 13 de junio de 2013, dictada por la Jueza Civil y Comercial Segunda de la Capital del departamento de Santa Cruz, pese a no formar parte del proceso, afectando así su derecho propietario; sin embargo, la autoridad demandada no dio respuesta positiva o negativa al incidente de nulidad que formuló.
- acción de
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso y la tutela judicial efectiva
- a la tutela judicial efectiva
- la tutela judicial efectiva
- Fragmento 11
- III.2. Sobre el derecho a la petición y la pretensión contenida en una acción ordinaria
- Es decir, el juez debe resolver todos los aspectos ante él expuestos
- 2) Lograr el pronunciamiento de las autoridades judiciales sobre el conflicto
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16
- CONFIRMAR en parte
- 1º