SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0430/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0430/2019-S3

Fecha: 13-Ago-2019

i)

Adin Elías Vallejos Basualdo, Presidente del Comité de Transporte de la Línea de Micros 82 de la Cooperativa de Transporte “25 de Enero” Ltda., Raúl Terrazas Rivero, Secretario General del Sindicato de Transporte de Santa Cruz y Tito Wilson Alegría Arroyo, Presidente de la Línea de Transporte Público, Líneas 1 y 3, mediante memoriales  presentados el 11 de marzo de 2019, cursante de fs. 406 a 407 y 416 a 417 vta.,  señalaron que: i) El accionar de la Línea de Trufis 1 se sobrepuso a las rutas legalmente asignadas a su sector y en virtud a ello presentaron denuncia a la Secretaria Municipal de Movilidad Urbana, para que de manera inmediata los referidos Trufis dejen de prestar servicio; y, ii) En cumplimiento a las normas que regulan el transporte urbano la Secretaría Municipal referida ordenó el repliegue de todas las unidades del indicado medio de transporte y emitió la conminatoria a la señalada Cooperativa de no realizar prestación u ofrecimiento de servicio sin ser el titular de la autorización. En base a estos fundamentos solicitaron se les permita efectuar sus fundamentos en la audiencia oral de la acción tutelar.

           En el marco de los antecedentes referidos, respecto a la resolución que resuelve el recurso jerárquico, el accionante denuncia cuatro aspectos puntuales: i) Vulneración a la “jerarquía normativa”, en el entendido de que no puede derogarse una ordenanza municipal a través de una resolución administrativa; ii) Falta de congruencia, debido a que no se pronunciaron respecto a la prueba que acreditó la autorización de ampliación de ruta; iii) Lesión al debido proceso con relación al derecho a recurrir; y, iv) Usurpación de funciones al resolver el recurso jerárquico, ya que interpuesto el mismo, debió remitirse a conocimiento del Alcalde Municipal en el plazo de tres días de presentado.