SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0467/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0467/2019-S3

Fecha: 23-Ago-2019

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

La accionante por intermedio de su abogado ratificó los argumentos expuestos en el memorial de acción de amparo constitucional; asimismo, manifestó que durante el tiempo que prestó servicios en el Gobierno Autónomo Municipal de El Alto -15 de enero de 2013 a 31 de octubre de 2018- suscribió doce contratos, cuando el DL 16187, no permite la suscripción de más de dos contratos a plazo fijo en tareas propias y permanentes de la empresa; en mérito a lo cual, la firma del tercer contrato originó que este se convierta en indefinido; empero, fue despedida intempestivamente sin haberle otorgado beneficios sociales vulnerando sus derechos constitucionales al trabajo, a la estabilidad laboral y a la salud, razón por la que acudió a la Jefatura Regional de Trabajo El Alto y una vez emitida la Conminatoria precitada no fue acatada por las demandadas.

Al ser consultada por el Vocal Constitucional, sobre la afirmación de la parte demandada en cuanto a que una vez dispuesta la reincorporación ella desapareció, feneciendo los plazos a ese efecto, manifestó que es falso, pues se presentó a la “Alcaldía” y la Directora de Talento Humano de dicha institución le dijo que no siga ningún proceso ya que iba a ser recontratada y que haga seguimiento de sus documentos, aspecto que lo realizó.