SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0479/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0479/2019-S3

Fecha: 26-Ago-2019

a)

Solicitó se conceda la tutela, disponiendo que: a) La Presidenta del Tribunal de Sentencia Penal Cuarto de la Capital del departamento de La Paz, deje sin efecto todo lo actuado en la audiencia de 28 de marzo de 2019; y, b) Se “…reinstale la misma…” (sic) resolviendo sus excepciones planteadas y fije nuevo día y hora para la producción probatoria de la inspección ocular.

…para que la garantía de la libertad personal o de locomoción pueda ejercerse mediante el recurso de hábeas corpus cuando se denuncia procesamiento ilegal o indebido deben presentarse, en forma concurrente, los siguientes presupuestos: a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad’” (el resaltado es propio).