SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0479/2019-S3
Fecha: 26-Ago-2019
I.2.4. Informes de las demandadas
Patricia Wilma Medrano Ávila, Jueza del Tribunal de Sentencia Penal Cuarto de la Capital del departamento de La Paz, presentó informe escrito el 9 de abril de 2019, cursante a fs. 34, manifestando que no intervino en los supuestos hechos denunciados, toda vez que el proceso tiene como presidenta a la codemandada Inés Clotilde Tola Fernández, solicitando se deniegue la tutela con relación a su persona.
Inés Clotilde Tola Fernández, Jueza del precitado Tribunal, presentó informe escrito el 9 de abril de 2019, cursante de fs. 35 a 36, expresando que el accionante no consideró los presupuestos de activación del presente procedimiento constitucional, ya que no se encuentra en situación de detenido ni tampoco se le vulneró ningún derecho constitucional.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.4. Informes de las demandadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Presupuestos concurrentes de activación de la acción de libertad ante procesamiento ilegal o indebido
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción; caso contrario, deberá ser tutelado mediante la acción de amparo constitucional
- i)
- EDUARDO OLIVARES FRANQUEL
- III.3. Consideraciones adicionales sobre la remisión de antecedentes al Tribunal Constitucional Plurinacional
- CONFIRMAR