SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0479/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0479/2019-S3

Fecha: 26-Ago-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido en su contra por el Ministerio Público a instancia del Servicio Nacional de Patrimonio del Estado (SENAPE), por la supuesta comisión del delito de incumplimiento de deberes, el cual se encuentra en etapa de juicio oral, la Presidenta del Tribunal de Sentencia Penal Cuarto de la Capital del departamento de La Paz -codemandada- el 28 de marzo de 2019 declaró la preclusión de la inspección ocular que fue ofrecida como prueba de descargo, bajo el justificativo de no haber coadyuvado para la realización de la misma, pretendiendo que se continúe con los alegatos finales para posteriormente dictar sentencia; viendo lesionado su derecho a la defensa, formuló corrección de procedimiento amparado en el art. 168 del Código de Procedimiento Penal (CPP), a lo que nuevamente la autoridad demandada respondió “…no ha lugar…” (sic) y ante la insistencia de hacerle notar su error, contestó otra vez de forma negativa abandonando la audiencia; ante tal situación, la otra integrante de dicho Tribunal tuvo que declarar la suspensión de ese actuado, impidiéndole ejercer los recursos que la ley le franquea.