SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0483/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0483/2019-S3

Fecha: 26-Ago-2019

se deduce que la ratio decidendi de una sentencia constitucional, tiene validez y vigencia en el tiempo; es decir, es aplicable a hechos ocurridos antes de su pronunciamiento o durante la tramitación de los mismos, a menos que se demuestre la concurrencia de determinados presupuestos que justificarían su no observancia; en consecuencia, la regla general es su carácter retrospectivo

Dadas las condiciones que anteceden, se deduce que la ratio decidendi de una sentencia constitucional, tiene validez y vigencia en el tiempo; es decir, es aplicable a hechos ocurridos antes de su pronunciamiento o durante la tramitación de los mismos, a menos que se demuestre la concurrencia de determinados presupuestos que justificarían su no observancia; en consecuencia, la regla general es su carácter retrospectivo.

De la misma manera, el empleo de la razón de decisión en un fallo constitucional, puede ser pospuesto a casos suscitados después de su emisión, en mérito al carácter prospectivo que se le puede dar al mismo, el que debe constar en la misma sentencia constitucional, como una excepción a la regla prevista en el art. 15.II citado (las negrillas nos pertenecen)”.