SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0644/2019-S2
Fecha: 05-Ago-2019
Auto de Vista 10 de 1 de noviembre de 2018
Por ello, planteó recurso de nulidad dentro del término legal, que fue concedida mediante Auto de Vista 112; sin embargo, fue dejado sin efecto por Auto de Vista 10 de 1 de noviembre de 2018, con el argumento de que no pagó los recaudos para la remisión del expediente a Sucre (Tribunal Supremo de Justicia), olvidando que ya no estamos regulados por normas inquisitivas del pasado, como el art 212 del Código Procesal del Trabajo (CPT) que resulta inaplicable por mandato de la Constitución Política del Estado, cuando no hay una ventanilla que reciba pagos por este concepto en el Órgano Judicial, los mismos funcionarios judiciales le indicaron que ya no existe el pago por ese concepto; siendo por lo tanto, una resolución equívoca y contradictoria a los principios de legalidad, igualdad sobre todo en lo económico e impugnación, ya que nadie puede ser privado de acudir ante el superior en grado por cuestiones económicas; estas irregularidades también dieron lugar a que se encuentre privado de libertad por la omisión indebida cometida por los funcionarios públicos.
- acción de amparo constitucional
- Auto de Vista 10 de 1 de noviembre de 2018
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- Auto de Vista 112
- III.1. Sobre el principio de gratuidad y la provisión de los recaudos necesarios. La falta de pago de importe de remisión de los actuados ante el Tribunal Supremo de Justicia
- Sentencia 32
- recurso de nulidad mediante memorial de 13 de septiembre de 2018
- Auto de Vista signado con el número 10 de 1 de noviembre de 2018
- principio de gratuidad
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO