SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0649/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0649/2019-S4

Fecha: 14-Ago-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido en su contra por el delito de tráfico de sustancias controladas, mediante Auto de Vista de 14 de marzo de 2019, la Sala Penal Primera del departamento de Cochabamba, declaró parcialmente procedente el recurso de apelación formulado por su persona, por lo que, se revocó parcialmente el Auto impugnado de 28 de febrero del citado año y  determinó que asuma defensa en libertad cumpliendo con las medidas cautelares, en virtud a ello realizó los trámites correspondientes a fin de dar cumplimiento con las medidas sustitutivas a la detención preventiva, en específico la fianza y el arraigo, una vez recogida la certificación de arraigo, se acudió al juzgado en el que se encontraba el proceso; sin embargo, funcionarios de apoyo jurisdiccional la Secretaria y el Auxiliar ahora demandados se rehusaron a recibir su solicitud de emisión de mandamiento de libertar, argumentando que su expediente estaba siendo remitido al juzgado de sentencia de turno y que en su caso acuda directamente ante esa instancia, actuación de dicho personal que afectaría a su derecho a la libertad.

Asimismo, refiere que acudió al Juzgado de Sentencia Penal Primero del indicado departamento, el 8 de abril del citado año, en horas de la mañana a presentar el memorial acompañando actas, autos y la certificación de arraigo, empero cuando retornó a las 15:30 aproximadamente al referido juzgado de Sentencia, le informaron que el proceso fue devuelto al Juzgado Cautelar de la EPI SUD, porque el Juez ahora demandado hubiera incumplido el art. 393 Ter núm. 4 del CPP, a tiempo de remitir los antecedentes, constituyendo dicho actuado también un acto dilatorio por parte de la autoridad jurisdiccional.