SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0670/2019-S4
Fecha: 21-Ago-2019
II.3.
II.3. Cursa Auto de Vista 123/2019 de 5 de abril, pronunciada por Rossmery Lourdes Pabón Chavez, Elisa Exalta Lovera Gutierrez y Willy Arias Aguilar, este último de voto disidente, por la que las autoridades demandadas, señalaron que se emite dicho fallo en cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución 022/2019 de 21 de marzo, que dejó sin efecto el voto emitido por Elisa Exalta Lovera Gutierrez y el Auto de Vista 058/2019 de 19 de febrero; disponiendo en el referido Auto de Vista declarar procedente el Recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público, manteniéndose el art. 235.2 del CPP, y en consecuencia revocar el Auto Interlocutorio 94/2018 de 23 de noviembre, determinándose la detención preventiva de Heriberto Fernández Laimecusi, ahora impetrante de tutela (fs. 7 a 9 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- III.1. La improcedencia de activar otra acción de libertad cuando existe sentencia constitucional en una primera acción tutelar, del cual emerge la que se interpone
- Fragmento 14
- la línea jurisprudencial citada precedentemente tiene la finalidad esencial de resguardar y proteger la eficacia del cumplimiento o ejecución de las resoluciones constitucionales
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR