SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0673/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0673/2019-S1

Fecha: 07-Ago-2019

denegó

La Jueza de Instrucción Penal Quinta del departamento de Oruro, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 05/2019 de 16 de febrero, cursante de   fs. 25 a 29, denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: i) De las actas del juicio oral penal contra el adolescente en conflicto con la ley, se puede verificar que la autoridad judicial demandada, una vez que, concedió la palabra al representante del Ministerio Público y al abogado de la defensa, éste en ningún momento refirió presentar las excepciones e incidentes que creyere conveniente tal cual prevé el art. 311 del CNNA, razón por la que, no existió un impedimento al ejercicio de la defensa; y, ii) Los procesos penales o procesos restaurativos de justicia penal juvenil, son tramitados de forma sumaria, sin dilación alguna, como en el presente caso en el que se evidencia que la autoridad demandada inició y prosiguió con las audiencias de manera consecutiva y si se ha presentado alguna retardación, recae en la responsabilidad del abogado defensor por su inasistencia o de los progenitores, motivo que faculta inclusive al juez en materia de niñez y adolescencia adoptar las medidas coercitivas llamadas por ley, ante una dilación atribuible al propio sujeto procesal.