SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0674/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0674/2019-S1

Fecha: 07-Ago-2019

III.3.Otras consideraciones

Por otro lado, tal cual se tiene de antecedentes se advierte en el presente caso el desconocimiento de la previsión contenida en el art. 36.1 del Código Procesal Constitucional (CPCo), al no haberse acompañado el acta de audiencia correspondiente, adjuntando en su reemplazo un CD con un audio de esa actuación, extremo que resulta incorrecto; empero, por celeridad y economía procesal y al tratarse el presente caso de una acción de libertad, que por su naturaleza y alcance está revestida de sumariedad y celeridad, este Tribunal por única vez procedió a la transcripción del CD en todo lo que concierne al desarrollo de la audiencia, reiterando al Tribunal de garantías, que un disco compacto de ninguna manera suple la elaboración y remisión del acta conforme establece la norma, siendo el referido soporte magnético solo un respaldo y/o apoyo accesorio. 

Asimismo, este Tribunal no puede dejar de pronunciarse sobre la incorrecta tramitación de la presente acción tutelar por parte de la Sala Constitucional remitente, siendo que dentro de sus atribuciones previstas en el art. 202.6 de la CPE, advierte que no obstante la Resolución 25/2019 de la presente acción de defensa fue emitida el 22 de marzo, la remisión ante esta instancia fue efectuada recién el 2 de abril del citado año (fs. 24); es decir, fuera del plazo de veinticuatro horas previstas en el art. 126.IV de la CPE y el art. 38 del CPCo.