SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0707/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0707/2019-S4

Fecha: 28-Ago-2019

III.1.  Responsabilidad en la aplicación del principio de celeridad por parte de las autoridades jurisdiccionales

En virtud del art. 180.I de la CPE: “La jurisdicción ordinaria se fundamenta en los principios procesales de gratuidad, publicidad, transparencia, oralidad, celeridad, probidad, honestidad, legalidad, eficacia, eficiencia, accesibilidad, inmediatez, verdad material, debido proceso e igualdad de las partes ante el juez”; y, Que concuerda con lo previsto en el art. 30.3, de la LOJ, el principio de celeridad: “Comprende la agilidad de los procesos judiciales tramitados, procurando que su desarrollo garantice el ejercicio oportuno y rápido de la administración de justicia”.