SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0717/2019-S1
Fecha: 12-Ago-2019
II.2.
II.2. Mediante “Auto Motivado sobre Recusación” 177/2018 de 18 de abril, la autoridad judicial demandada, en la parte resolutiva determinó: “El suscrito Juez de Instrucción Anticorrupción y Contra la Violencia Hacia la Mujer 1ro de la ciudad de El Alto en suplencia legal del Juzgado de Instrucción Anticorrupción y Contra la Violencia Hacia la Mujer 2do de la ciudad de El Alto, sin ingresar en mayores consideraciones de orden legal, y de conformidad a lo dispuesto por el art. 316 num. 3), 317 y 320 del CPP modificado por la Ley 586 de 30 de octubre de 2014, ACEPTA Y SE ALLANA A LA RECUSACIÓN INTERPUESTA por la parte imputada contra el suscrito, DISPONIENDO LA REMISION DEL CUADERNO DE CONTROL JURISDICCIONAL POR ANTE EL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN ANTICORRUPCIÓN Y CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LA MUJER 1° DE LA CIUDAD DE EL ALTO, sea en el plazo establecido por la norma procesal penal y con las formalidades de Ley” (sic [fs. 5 y vta.]).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- en suplencia legal del Juzgado 2DO de la misma materia
- a)
- 1)
- concedió en parte
- I.2.4. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- III.1.
- En consecuencia, se hace necesario establecer a partir de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional que las lesiones al debido proceso en materia penal en aquellos casos en los que se colocó al accionante en absoluto estado de indefensión o cuando éste agotó los medios de impugnación intra procesales, son susceptibles de la tutela constitucional que brinda la acción de libertad
- Conforme a dicho razonamiento, la exigencia de vinculación entre el derecho a la libertad y el debido proceso, como presupuesto exigible para su tutela a través de la acción de libertad, desaparecía
- en consecuencia
- cuando se denuncia procesamiento ilegal o indebido deben presentarse, en forma concurrente, los siguientes presupuestos: a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR