SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0722/2019-S2
Fecha: 21-Ago-2019
II.2.
II.2. El accionante y los otros imputados, mediante memorial presentado el 2 de mayo de 2019, plantearon recusación contra el Juez cautelar demandado, por las causales previstas en el art. 316 incs. 2) y 5) del CCP, que fue resuelta por el Juez recusado en la audiencia efectuada en la misma fecha, en la que dictó la Resolución 179/2019, rechazando la recusación formulada, conminando al abogado patrocinante que en el plazo de veinticuatro horas de su legal citación, presente documentación legal e idónea que acredite su incomparecencia a la audiencia de 24 de abril de igual año, así como también a ese actuado procesal, señalando audiencia de medidas cautelares para el 9 de mayo de 2019 (fs. 27 a 37; 39 a 40 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- lo que se busca es acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- devenga de dilaciones indebidas
- toda autoridad que conozca de una solicitud en la que se encuentre involucrado el derecho a la libertad física, tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible
- Fragmento 12
- Fragmento 13