Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0729/2019-S2
Fecha: 28-Ago-2019
II.6.
II.6. Por Auto de Vista de 13 de diciembre de 2018, los Vocales de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Santa Cruz -ahora codemandados-, declararon inadmisible el recurso de apelación incidental presentado el 19 de octubre de igual año, bajo el argumento que no se indicó los fundamentos de agravio de la Resolución apelada tampoco las vulneraciones de normas legales (fs. 47).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- Fragmento 5
- denegó
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- a)
- 1)
- arbitrariedad
- relevancia constitucional
- Toda persona será protegida oportuna y efectivamente por los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos
- Toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable
- Al interpretar la ley procesal, el juez deberá tener en cuenta que el objeto de los procesos es la efectividad de los derechos reconocidos por la ley sustantiva
- Fragmento 23
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO