Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0755/2019-S1
Fecha: 26-Ago-2019
I.2.3. Intervención de los terceros interesados
Patricia Guevara Espada, en representación de los Dirigentes del Sindicato Agrario “Canelas”, en audiencia adhiriéndose a lo manifestado en el informe precedente, añadió que la Resolución de 28 de mayo, es emergente de la impugnación de sobreseimiento en la cual las víctimas observaron un falta de descripción y motivación de la prueba, puesto que en la resolución de sobreseimiento solo se detalló la misma; sin embargo, esta no fue valorada; por lo que, en la determinación de revocatoria se tiene una puntualización de los medios de prueba que no fueron analizados por el Fiscal a quo no pudiendo alegarse vulneración de derechos del accionante.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
- Fragmento 4
- a)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- sino también citar las pruebas que aportaron las partes, exponer su criterio sobre el valor que le dan a las mismas luego del contraste y valoración que hagan de ellas dando aplicación a las normas jurídicas aplicables para finalmente resolver
- por cuanto no puede limitarse únicamente a la citación de algunas pruebas, sin individualizar la actuación de los imputados y sin examinar su conducta en relación a los elementos constitutivos de los delitos por los cuales se les imputó, por lo que el fiscal superior deberá verter el razonamiento jurídico de su decisión con la debida diligencia que merecen los justiciables
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1)
- III.3. Otras consideraciones
- Fragmento 17