SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0762/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0762/2019-S1

Fecha: 26-Ago-2019

concedió

La Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, mediante Resolución 14/2019 de 14 de marzo, cursante de fs. 44 a 47; concedió la tutela solicitada disponiendo que la autoridad demandada de estricto cumplimiento a la Conminatoria 003/2019 emitida por el Jefe Departamental de Trabajo de Oruro, en los términos dispuestos en la misma, bajo los siguientes fundamentos: 1) Este Tribunal no puede referirse sobre las actuaciones administrativas internas del ente municipal porque simplemente le compete referirse al cumplimiento de la conminatoria emitida por la Jefatura Departamental de Trabajo y no así reconducir en la parte administrativa por presuntas irregularidades cometidas por anteriores autoridades municipales;   2) Respecto a la conminatoria de reincorporación laboral, corresponde señalar que la SCP 0015/2018-S4 de 23 de febrero, hizo una larga exposición en cuanto a la reincorporación mediante conminatorias dictadas por la Jefatura Departamental de Trabajo, señalando los Decretos Supremos (DDSS) 0495 de 1 de mayo de 2010 y 28699 de 1 de mayo de 2006, haciendo énfasis en que el trabajador podrá interponer las acciones constitucionales tomando en cuenta la inmediatez de la protección de la estabilidad laboral; 3) El carácter subsidiario de la acción tutelar impetrada, no es un obstáculo para que se pueda conocer el presente reclamo, así como tampoco puede ser un óbice para que las partes puedan continuar con los trámites administrativos que están en curso por ser atentatorios a sus derechos; y, 4) Se cuestionó la falta de fundamentación y valoración de la prueba por la entidad administrativa, siendo que no corresponde al Tribunal de garantías ingresar a realizar esa valoración de los elementos por no ser objeto de la presente acción tutelar, en todo caso, tal decisión es impugnable en la justicia ordinaria, por cuanto en el presente caso se aplica también la SCP 0860/2018-S4 de 18 de diciembre.