SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0762/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0762/2019-S1

Fecha: 26-Ago-2019

la emisión de la conminatoria conforme establece el art. 10.I del DS 28699, encuentra su presupuesto en el catálogo de la protección que brinda la LGT y la normativa complementaria; por lo que, su pronunciamiento debe basarse dentro del marco legal definido, a partir del cual también puede ser permisible que esta instancia constitucional disponga el acatamiento obligatorio de la conminatoria emitida

Ahora bien, teniendo en cuenta lo puntualizado y sin dejar de lado el resguardo a los derechos al trabajo y a la estabilidad laboral, cabe referir que la emisión de la conminatoria conforme establece el art. 10.I del DS 28699, encuentra su presupuesto en el catálogo de la protección que brinda la LGT y la normativa complementaria; por lo que, su pronunciamiento debe basarse dentro del marco legal definido, a partir del cual también puede ser permisible que esta instancia constitucional disponga el acatamiento obligatorio de la conminatoria emitida, lo que implica que a dicho efecto deba verificarse el fundamento lógico-jurídico y razonado de la misma, aspecto que debe ser definido en cada caso concreto sin que ello signifique un análisis de fondo de lo establecido en la conminatoria, sino solo la comprobación de su razonabilidad y pertinencia.