VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0647/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0647/2019-S2

Fecha: 05-Ago-2019

Fragmento 20

           De los datos que informan la presente acción tutelar, se puede advertir que se inició causa penal contra Amelia Silvia Ruiz Peñaranda y Justo Abel Villarroel Reynolds y otros; por la presunta comisión de los delitos, de contratos lesivos del Estado, incumplimiento de deberes, conducta antieconómica y favorecimiento al enriquecimiento ilícito, a instancia de la Fábrica Nacional de Cemento Sociedad Anónima (FANCESA S.A.) y el Ministerio Público; proceso en el cual, los ahora accionantes interpusieron excepción de falta de acción e incidente de nulidad de imputación, denunciando principalmente el hecho que no podían ser imputados por delitos propios de la función pública; sin embargo, por Auto Interlocutorio de 12 de octubre de 2017, la Juez de Instrucción Penal Quinta, rechazó la excepción planteada, y declaró improbado el incidente; al considerar que en la imputación formal, existe una fundamentación clara y objetiva en términos jurídicos y facticos, que permite a los imputados asumir defensa, la cual bajo ninguna óptica se encuentra vulnerada, por cuanto se advierte un grado de certeza en relación a los hechos atribuidos, siendo un exceso pretender que se describa con precisión exacta, todos y cada uno de los detalles de la probable comisión del hecho delictivo, por cuanto para ello debe desarrollarse la etapa preparatoria durante 6 meses, en los cuales se podrá obtener todos los elementos de convicción; y que en relación a la excepción de falta de acción, la misma fue planteada después de los 10 días previstos por la norma, y por otra parte, el objeto de la misma no puede constituirse en causa sobreviniente, por lo que correspondía sea rechazada.