VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0647/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0647/2019-S2

Fecha: 05-Ago-2019

Fragmento 22

            De acuerdo a los memoriales presentados por los accionantes en relación a la nulidad de imputación solicitada; se puede advertir que ésta, radica principalmente en el cumplimiento del principio de certeza que debe observar toda resolución de imputación formal; es decir,  la exposición clara de los hechos denunciados; el grado de participación criminal en base a los delitos calificados; además de la base probatoria que debe respaldar los extremos atribuidos a los imputados; asimismo, los incidentistas, ahora accionantes, incidieron en el hecho que dentro de esta labor hermenéutica,  el representante del Ministerio Publico, habría obviado el fundamental hecho que sus personas no ostentarían la calidad de funcionarios públicos y que por lo tanto no podían ser imputados por delitos contra la función pública; situación por la cual denunciaron a la juez de control jurisdiccional, la falta de análisis de este aspecto por parte de la Fiscalía, quien no hubiera cumplido con su labor de subsunción de los elementos constitutivos de los tipos penales con la acción de los imputados, a efectos de determinar si esa su conducta podría se reprochada penalmente; en otras palabras se reclamó el resultado positivo del juicio de tipicidad o juicio de adecuación; es decir el análisis de la correspondencia exacta entre lo que el agente ha realizado y aquello que se encuentra descrito en la ley.