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    AUTO CONSTITUCIONAL 0270/2019-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0270/2019-RCA

    Fecha: 12-Sep-2019

    CONFIRMAR

    La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 30.III del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve CONFIRMAR la Resolución 220 de 14 de agosto de 2019, cursante de fs. 203 a 205, emitida por la Sala Constitucional Tercera del departamento de Santa Cruz.

    • acción de amparo constitucional
    • I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
    • a)
    • improcedencia
    • II.1.    Marco normativo constitucional y legal
    • siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
    • la jurisdicción constitucional no puede ser usada indiscriminadamente, peor aún cuando ya se ha presentado una acción tutelar y ésta no ha concluido con una resolución firme que se convierta en cosa juzgada constitucional, por lo que si una vez presentada una acción tutelar, y los accionantes presentan otra acción sobre un mismo objeto, entonces tal acción resulta ser temeraria,
    • no es posible formular dos acciones de defensa, con los mismos hechos
    • II.3.    Análisis del caso concreto
    • 1)
    • Fragmento 11
    • CONFIRMAR

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