DISIDENTE DE LA SCP 0832/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DISIDENTE DE LA SCP 0832/2019-S2

Fecha: 17-Sep-2019

Fragmento 15

           El abrogado Código de Procedimiento Civil, establecía entre las formas extraordinarias de extinción del proceso, la perención de instancia, como una forma de sancionar el abandono del proceso por la inercia de las partes en un determinado tiempo; actualmente el Código Procesal Civil, ya no contempla a este instituto entre las formas extraordinarias de conclusión de procesos, estableciendo en la Disposición Final Décima la denominada: “extinción por inactividad de procesos antiguos”, y el                   art. 247 del CPC, señala los casos de procedencia de la extinción de la instancia, “cuando las partes no cumplan con las obligaciones destinadas a la continuidad del proceso”.