La SCP 0050/2019 de 12 de septiembre, objeto de esta disidencia, resolvió declarar competente a las autoridades JACH’A KAMACHINAK CHEQA PHOQHAYIRI del Consejo de Justicia de la jurisdicción indígena originaria campesina de la comunidad Portada Corapa
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

La SCP 0050/2019 de 12 de septiembre, objeto de esta disidencia, resolvió declarar competente a las autoridades JACH’A KAMACHINAK CHEQA PHOQHAYIRI del Consejo de Justicia de la jurisdicción indígena originaria campesina de la comunidad Portada Corapa

Fecha: 12-Sep-2019

11.

11. En dicho sentido, el uso de la doctrina del precedente constitucional de estándar más alto, no debe limitarse a realizar una mera elección, sino que debe estar sustentada en la fundamentación y motivación suficiente que genere seguridad jurídica en el justiciable y coherencia en el ordenamiento jurídico. Asimismo, la aplicación del mismo no puede desconocer el dinamismo y carácter evolutivo de la jurisprudencia, puesto que: “Una de las cualidades esenciales de la jurisprudencia es su dinamismo, ya que constituye uno de los mecanismos para adecuar las normas jurídicas a la realidad social constantemente cambiante. Es por ello que no se puede concebir como algo estático, inmutable, sino que en casos necesarios debe cambiar; entendiéndose por casos necesarios aquellos en los que la realidad a superado a la norma jurídica, de tal modo se hace indispensable adecuarla, modificarla para que se adapte a las nuevas condiciones, y no tener que acudir al procedimiento legislativo…”[1] (las negrillas y subrayado nos pertenecen); lo contrario significaría que los razonamientos se petrifiquen y se queden estáticos en relación a la realidad social y jurídica que siempre es cambiante.