La SCP 0050/2019 de 12 de septiembre, objeto de esta disidencia, resolvió declarar competente a las autoridades JACH’A KAMACHINAK CHEQA PHOQHAYIRI del Consejo de Justicia de la jurisdicción indígena originaria campesina de la comunidad Portada Corapa
Fecha: 12-Sep-2019
11.
11. En dicho sentido, el uso de la doctrina del precedente constitucional de estándar más alto, no debe limitarse a realizar una mera elección, sino que debe estar sustentada en la fundamentación y motivación suficiente que genere seguridad jurídica en el justiciable y coherencia en el ordenamiento jurídico. Asimismo, la aplicación del mismo no puede desconocer el dinamismo y carácter evolutivo de la jurisprudencia, puesto que: “Una de las cualidades esenciales de la jurisprudencia es su dinamismo, ya que constituye uno de los mecanismos para adecuar las normas jurídicas a la realidad social constantemente cambiante. Es por ello que no se puede concebir como algo estático, inmutable, sino que en casos necesarios debe cambiar; entendiéndose por casos necesarios aquellos en los que la realidad a superado a la norma jurídica, de tal modo se hace indispensable adecuarla, modificarla para que se adapte a las nuevas condiciones, y no tener que acudir al procedimiento legislativo…”[1] (las negrillas y subrayado nos pertenecen); lo contrario significaría que los razonamientos se petrifiquen y se queden estáticos en relación a la realidad social y jurídica que siempre es cambiante.
- Suscitado entre: Isidro Huanca Huanca
- I. ANTECEDENTES
- a)
- b)
- c)
- IMPROCEDENTE
- 1.
- 3.
- 4.
- El deber de motivación en el cambio de entendimiento es una exigencia que se convierte a la vez en una garantía que permite resguardar el derecho a la igualdad en la aplicación de la ley.
- De ahí la necesidad que si bien el derecho a la igualdad en la aplicación de la ley no impide el cambio de entendimiento, exige que el apartamiento del precedente no sólo sea razonado y motivado sino que se encuentre dentro de los marcos de la razonabilidad, evitando decisiones discrecionales y arbitrarias que tengan como consecuencia la afectación de valores supremos como los de justicia e igualdad”
- 5.
- El respeto a los precedentes por parte del propio juez o tribunal
- jurisprudencia constitucional al ser en esencia evolutiva
- ii)
- 8.
- 9.
- 10.
- 11.
- 12
- 13.
- Es tácito cuando el demandado contesta ante un juez incompetente, sin oponer esta excepción
- Todas las jurisdicciones reconocidas constitucionalmente
- 14.
- SCP