SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0535/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0535/2019-S3

Fecha: 02-Sep-2019

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

La institución accionante a través de sus representantes, ratificó el tenor íntegro de la acción de amparo constitucional interpuesta, y amplió señalando que a partir del art. 298.II.12 de la CPE, el IGM fue creado por el Decreto Supremo (DS) 1158 de 6 de mayo de 1948, elevado a rango de Ley el 21 de diciembre del mismo año que en su art. 3 establece que requerirá “…de todas las reparticiones fiscales, Entidades Autarquicas, Semi Autárquicas, Autónomas, Semi Autónomas así como empresas y personas privadas la entrega de originales copias o documentos de todos los trabajos de carácter geodésico, cartográfico topográfico y catastral que tuviera hasta la fecha o de las que hubieran en el futuro, ahora el reglamento de la Ley en su Art. 3 dice que el IGM proporciona a las secciones de evaluación rústica y urbana de la dirección general de impuestos internos todo el material cartográfico necesario para fines de evaluación de inmuebles rústicos y urbanos de todo el territorio de la república igual procedimiento se observará en general con todas las reparticiones públicas cuyas labores se realizan en base a elementos cartográficos (…) para obtener coordenadas que se utilizan con el UTM que es un Sistema Cartográfico que está basado en la proyección cartográfico que utiliza el sistema WGS 84 todos los planos mapas cartográficos espaciales deben estar referidos a este sistema de todo el territorio nacional (…) porque utilizan un sistema espacial todos los planos catastrales deben estar referidos al sistema cartográfico oficial del Estado Boliviano (…) basado en un sistema científico y satelital, es la única institución en Bolivia que tienen este sistema satelital (…) a partir del 2004 el IGM tiene un registro digital de todos los predios urbanos y rurales, que se tiene la parte documental con la parte de coordenadas con la parte científica y técnica ósea tiene una información científica entonces no se pueden superponer posiciones porque tiene esta información en base al sistema UTM en base a coordenadas que es un sistema satelital donde no se pueda hacer aparecer un terreno donde existe otro entonces el IGM le da seguridad jurídica al Estado Boliviano a que no se tenga conflictos de territorio entre países, entre municipios, entre comunidades que no existan superposición de tierras y en el área urbana lo propio porque le da estas potestades tanto la Ley como su Reglamento…” (sic). A partir de 2014 de manera ilegal y arbitraria DD.RR. decidió no aceptar más los planos del IGM, situación que lesiona los derechos de los usuarios que reclaman que el trabajo de la institución no tuviera ningún valor; cuando es la única que otorga información científica incluso para evitar interposiciones y registros de tradiciones, los cuales dan seguridad jurídica a los propietarios; y que además las competencias institucionales están establecidas por la Constitución Política del Estado y las normas vigentes, las cuales no pueden ser cercenadas arbitrariamente por cualquier instancia. En consecuencia el IGM es una entidad científica y estatal que define el sistema de coordenadas a nivel nacional, la ley le faculta ver planos catastrales y cartográficos, siendo que estos documentos respaldan el derecho propietario, además de verificar límites entre municipios, departamentos, así como límites internacionales “…si bien (…) la cancillería trabaja en coordinación con el IGM (…) define los parámetros en el tema de datos de coordenadas de sistemas de proyección UTM que se utiliza a través de procedimientos satelitales para que se obtengan las coordenadas, para luego meter a una base de datos y lo ha hecho del año 1.984 mediante la red de triangulación y puesta la constelación de satélites y a través del 1994 todos los planos deben ser referidos a través de sistema de coordenadas (…) desde el año 1994 el IGM en Bolivia dispuso que todos los planos estén en base a un sistema satelital…” (sic).