SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0535/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0535/2019-S3

Fecha: 02-Sep-2019

III.

La entidad accionante mediante su representante, denuncia la lesión de sus derechos a la petición, a la “seguridad jurídica” y al debido proceso; toda vez que, las autoridades demandadas no dieron respuesta a las innumerables notas y memoriales cursados desde el 19 de febrero de 2016 hasta el 24 de septiembre de 2018, en los que se pidió explicaciones y fundamentos por los que ordenaron el rechazo de registro en DD.RR. de trámites de usuarios que presentaron su documentación con plano catastral del IGM; solicitudes en primera instancia dirigidas al Juez Registrador de DD.RR. del departamento de Santa Cruz, quien jamás dio respuesta alguna por lo que acudió al Director Nacional de esa repartición estatal que tampoco contestó las mismas, constituyendo este hecho una vulneración sistemática al derecho a recibir una respuesta pronta y oportuna tal como establece el art. 24 de la CPE; además del estado de indefensión y perjuicio en que deja no solo al IGM sino también a todos sus usuarios, por impedir el cumplimiento del mandato constitucional establecido en el art. 298.II.12 de la Norma Suprema por el que dicha institución es competente para la elaboración de planos catastrales georeferenciados y mapas cartográficos oficiales, los cuales vino realizando desde su creación.