Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0538/2019-S3
Fecha: 02-Sep-2019
II.
II.7. Por memorial presentado el 23 de abril del señalado año, dirigido al Presidente y miembros del Tribunal Constitucional Plurinacional, el demandado a través de sus representantes adjuntando la Resolución Ministerial (RM) 321/19 de 18 de abril de 2019, emitida por Milton Gómez Mamani, Ministro de Trabajo, Empleo y Previsión Social, dio a conocer que el precitado revocó totalmente la RA 014/19 y la Conminatoria MTEPS/JDTCBBA/ 108 y declinó competencia ante la judicatura laboral; solicitando se revoque la Resolución AAC.12/2019 de 8 de abril y se deniegue la tutela impetrada por el accionante (fs. 128 a 132).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.1
- II.3.
- II.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Ausencia del objeto del amparo constitucional al haberse extinguido la causa que motivó su interposición. Jurisprudencia reiterada
- Cuando se presenta el fenómeno de la carencia actual de objeto del amparo constitucional porque el hecho que generó la vulneración de los derechos constitucionales quedó extinguido,
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR