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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0539/2019-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0539/2019-S3

    Fecha: 02-Sep-2019

    II.1.

    II.1. Consta contrato individual de trabajo a plazo fijo 122/2015 de 20 de agosto, con vigencia al 18 de diciembre del mismo año, suscrito entre Santiago Vargas Beltrán, Presidente y Efraín Balcera Flores, Concejal, ambos del Gobierno Autónomo Municipal de Sucre y Olga Serrudo Reynaga -accionante- para que esta desempeñe funciones de Secretaría Recepcionista II de dicho Concejo (fs. 2).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • 1)
    • concedió
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • III.
    • III.1. La aplicación del estándar más alto de protección y la obligatoriedad de observancia de las conminatorias de reincorporación laboral
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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