Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0559/2019-S3
Fecha: 04-Sep-2019
I.1.3. Petitorio
Solicitó se conceda la tutela y se deje sin efecto el Auto de Vista 71/2019 SP-2 de 27 de mayo de 2019, disponiendo que las autoridades demandadas emitan una nueva resolución respetando “…el fundamento de los riesgos procesales, la presunción de inocencia, respetando los fallos del TCP omitidos y ajustados a la finalidad procesal del art. 221 del CPP y la necesidad procesal de mantenerse privada de libertad luego de 8 meses de duración de la investigación sin que esta avance…” (sic).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Pronunciar una resolución debidamente fundamentada y motivada, en la que se expresen las razones de hecho y derecho en las que se basa su convicción y el valor que otorga a los medios de prueba que presenten las partes, efectuando un análisis a partir del principio de proporcionalidad, que considere la idoneidad de la medida cautelar de detención preventiva, su necesidad y la proporcionalidad, en sentido estricto de la misma, efectuando una ponderación del derecho que se restringe -libertad personal- y la finalidad perseguida por la medida cautelar
- III.2. Obligación del Tribunal de apelación de fundamentar y motivar la resolución que disponga, modifique o mantenga una medida cautelar
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR