SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0580/2019-S3
Fecha: 11-Sep-2019
REVOCAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución 05/2019 de 4 de junio, cursante de fs. 39 a 40 vta., pronunciada por el Tribunal de Sentencia Penal Primero de Camiri del departamento de Santa Cruz; y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada, disponiendo que la autoridad demandada ordene la recepción y resuelva en el día de su notificación con la presente Sentencia Constitucional Plurinacional el memorial presentado por el accionante; salvo que por el tiempo transcurrido, ya haya sido atendido.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- recepcione
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III.
- acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- este tipo de acción se activa para reparar las lesiones al derecho a la libertad ante demoras injustificadas que perjudican a la persona privada de la misma,
- es posible activar la vía constitucional, mediante acción de libertad traslativa o de pronto despacho, con la única condición que dicha demora tenga repercusión directa con el derecho a la libertad del encausado,
- III.2. Análisis del caso concreto
- sin embargo se rehusó atendernos, argumentando recarga laboral, por lo que no pudo ser presentado dicho memorial
- REVOCAR